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May 07

Publicadas en el BOJA las ayudas destinadas a deportistas y  entrenadores con la condición de Alto Nivel o Alto Rendimiento de Andalucía

Ha salido publicado en el BOJA la «Resolución de 29 de abril de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las ayudas destinadas a deportistas y  entrenadores con la condición de Alto Nivel o Alto Rendimiento de Andalucía, con méritos en pruebas no olímpicas y no paralímpicas. Ayudas al deporte no olímpico (ADN).«

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (Desde las 00:00h del 7/05 hasta las 23:59h del 20/05).

La solicitud se deberá cumplimentar exclusivamente a través del acceso establecido al efecto en la página web de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte en la dirección (necesario certificado electrónico):
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24596.html

Las personas que soliciten la subvención deberán cumplir todos los REQUISITOS indicados en el apartado 4.a) del cuadro resumen de las bases reguladoras aprobadas por la Orden de 20 de abril de 2021 (a modo de resumen):

– Haber sido incluidos en las relaciones de Deporte de Rendimiento de Andalucía correspondientes a los años 2022 o 2023.

– Acreditar la consecución de un mérito deportivo en los años 2022 (si se alega haber sido incluido en alguna de las relaciones de Deporte de Rendimiento de Andalucía de 2022) o 2023 (si se alega haber sido incluido en alguna de las relaciones de Deporte de Rendimiento de Andalucía de 2023), en pruebas deportivas oficiales federadas de modalidades reconocidas por la administración deportiva, pero que respecto al año de convocatoria no formen parte del programa oficial de los próximos Juegos de la Olimpiada (Juegos Olímpicos), Juegos Paralímpicos, Juegos Olímpicos de Invierno y Juegos paralímpicos de Invierno.

– Ostentar la condición política de andaluz.

– Tener residencia fiscal en España.

– No haber sido beneficiario de los Planes ADO o ADOP, del Plan Andalucía Olímpica ni de las ayudas Olimpus en el año en el que se alegue el mérito deportivo.

– Estar en posesión de la licencia federativa en vigor.

Toda la información relativa al procedimiento se puede consultar en el enlace indicado anteriormente.

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